La Contraloría General de la República de Chile rechazó las modificaciones propuestas por el Ministerio de Transportes al reglamento de la denominada Ley Uber, al considerar que los cambios carecen de fundamentos técnicos, jurídicos y fácticos suficientes, además de no haber sido sometidos a un proceso de consulta pública.
La decisión representa un nuevo obstáculo para la implementación de ajustes regulatorios que buscaban flexibilizar las condiciones de operación de las empresas de aplicaciones de transporte (EAT), con el objetivo de reducir barreras de entrada para conductores y vehículos que prestan servicios mediante plataformas digitales.
A través de un oficio dirigido al ministro de Transportes y Obras Públicas, Louis de Grange, la contralora Dorothy Pérez informó que el organismo no dio curso al decreto que modificaba el reglamento de los servicios nacionales de transporte público de pasajeros.
Según el documento, la propuesta eliminaba, modificaba o reducía exigencias técnicas aplicables a los vehículos destinados a prestar servicios de transporte, incluyendo requisitos relacionados con la antigüedad máxima de operación, la antigüedad permitida para la primera inscripción y la cilindrada mínima de los automóviles.
Para la Contraloría, estas medidas implican una reducción en los estándares actualmente exigidos a los servicios de transporte, por lo que requerían una justificación técnica y jurídica robusta que respaldara su implementación.
Cambios propuestos
Las modificaciones impulsadas por el gobierno de José Antonio Kast, buscaba flexibilizar las condiciones para la incorporación y permanencia de vehículos en las plataformas de transporte.
Entre los principales cambios planteados se encontraba aumentar de uno a cinco años la antigüedad máxima permitida para la primera inscripción de vehículos; ampliar de tres a cinco años el límite para el reemplazo de automóviles, con un régimen especial de hasta siete años para zonas extremas; y extender de 12 a 15 años la antigüedad máxima de operación.
Asimismo, el reglamento proponía eliminar los requisitos mínimos de cilindrada y potencia del motor, equiparando las exigencias entre taxis y vehículos adscritos a aplicaciones de transporte.
El Ministerio argumentaba que estas medidas permitirían disminuir barreras de acceso, facilitar la operación de las plataformas y evitar impactos negativos sobre el empleo asociado a este tipo de servicios.
La ley, aprobada en 2023, aún no ha entrado en vigor debido a la ausencia de un reglamento operativo. Aunque una versión anterior fue visada por la Contraloría en abril del año pasado, nunca se publicó en el Diario Oficial, en medio de cuestionamientos por sus exigencias técnicas y retrasos en el desarrollo de la plataforma tecnológica necesaria para su funcionamiento.
Falta de consulta pública
La Contraloría además de cuestionar la falta de sustento técnico, observó que el Ministerio no justificó las razones por las cuales las modificaciones regulatorias no fueron sometidas a consulta pública, teniendo en cuenta los cambios propuestos.
El organismo también solicitó que la cartera establezca plazos específicos para que los servicios de taxi informen formalmente su adscripción a empresas de aplicaciones de transporte.
Con este pronunciamiento, el futuro de las modificaciones al reglamento de la Ley Uber queda nuevamente en suspenso, mientras el Ministerio de Transportes deberá evaluar ajustes al texto o presentar nuevos antecedentes que permitan justificar los cambios planteados.


