La discusión sobre la regulación de los trabajadores de aplicaciones, especialmente conductores y repartidores, se intensificó en América Latina en 2024. Ya sea por iniciativa del poder ejecutivo, legislativo o judicial. Brasil, Colombia, México y Uruguay recorren caminos distintos y avanzan hacia la garantía de derechos para estos profesionales, un movimiento que tuvo como precursor a Chile en 2022, impulsado por el contexto pospandemia.
En Brasil, el Supremo Tribunal Federal (STF) inició en diciembre el juicio de un proceso sobre la existencia o no de vínculo laboral entre Uber y sus conductores. El fallo tendrá repercusión general y podría afectar a otras plataformas. También hay un proyecto de ley propuesto por el gobierno federal, aunque actualmente está estancado en una comisión de la Cámara de Diputados.
En México, la presidenta Claudia Sheinbaum, recién posicionada, logró aprobar una reforma laboral que incluye a los trabajadores de aplicaciones.
En Colombia, el gobierno y las empresas llegaron a un acuerdo en torno a un proyecto de ley para regular el trabajo de los repartidores.
En Uruguay, un proyecto de ley propuesto por el poder ejecutivo para regular a conductores y repartidores fue aprobado en la Cámara de Representantes en septiembre y pasó al Senado.
Todo esto ocurrió este año y podría acelerar la discusión en otros países de la región, donde también hay proyectos de ley similares en trámite, como en Argentina y Costa Rica.
La necesidad de actualizar las leyes
La mayoría de las leyes laborales en América Latina fueron creadas a mediados del siglo XX, en un contexto de industrialización tardía, aumento de la población urbana, fortalecimiento del movimiento sindical y el concepto de Estado de bienestar social.
Aunque hay variaciones entre países, estas leyes garantizaron derechos básicos para los trabajadores, como salario mínimo, límite de horas laborales, seguridad social y vacaciones pagas.
Sin embargo, los actores económicos y las relaciones laborales han cambiado drásticamente. Con la digitalización de la economía, vivimos una etapa de transición compleja. Siguen existiendo relaciones laborales donde las leyes del siglo pasado son válidas, pero ha surgido una nueva categoría de trabajadores en la llamada «gig economy», que no se consideran empleados de un patrón específico o se ven como sus propios jefes, trabajando para varias plataformas digitales simultáneamente, muchas más horas al día que el promedio, sin derechos laborales ni seguridad social.
Ante la falta de regulación específica, ha surgido una zona gris en la que crecieron las aplicaciones de entrega y transporte privado, que se describen como plataformas tecnológicas que prestan servicios a profesionales autónomos, actuando como intermediarios entre oferta y demanda y cobrando una comisión por ello.
La digitalización que permitió el surgimiento de aplicaciones como Uber, Rappi e iFood también impulsó el desempleo en varios sectores, generando la mano de obra disponible para la “gig economy”.
“Es uno de los pocos trabajos ‘autogenerados’ que existen en el mundo. Si quiero trabajar, no necesito enviar mi perfil a nadie ni esperar a ser llamado; basta con descargar la aplicación y listo. Esto debe ser protegido”, sostiene José Daniel López, director de Alianza In Colombia, entidad que representa a las aplicaciones.
El hecho de que conductores y repartidores tengan libertad para trabajar cuando y donde quieran, por las horas que deseen y en tantas plataformas como prefieran, es usado por las empresas como argumento para negar un vínculo laboral. Es un tema controvertido que está siendo llevado a tribunales en todo el mundo, con fallos diversos.
Por otro lado, Renan Kalil, coordinador nacional de combate a fraudes en relaciones laborales del Ministerio Público de Brasil, señala que la exclusividad nunca ha sido un criterio para reconocer vínculos laborales. “Existen profesiones conocidas por trabajar para más de una empresa, como profesores, profesionales de salud y vigilantes. Eso nunca ha sido un obstáculo para reconocer un vínculo”.
Muchos trabajadores de aplicaciones tampoco parecen interesados en establecer ese vínculo. “El mundo del trabajo está cambiando, y las percepciones sociales de los trabajadores también. Muchos jóvenes hoy están cómodos con la flexibilidad. Esto se refleja en las plataformas: no son conductores de una sola, sino de dos o tres aplicaciones, y algunos no tienen problema en trabajar hasta 14 horas al día”, comenta Alejandra Dinegro, presidenta del Observatorio de Plataformas Digitales, en Perú.
Paralelamente, la organización sindical, que fue clave en la conquista de derechos durante los siglos XIX y XX, se ha debilitado y no ha logrado consolidarse dentro de esta nueva categoría de trabajadores. Muchos se ven como emprendedores y rechazan los sindicatos. Además, en países como Colombia, Argentina y Chile, gran parte de esta categoría está formada por inmigrantes venezolanos, cuya vulnerabilidad dificulta su organización política.
La falta de sindicatos fuertes es un obstáculo para negociar nuevas leyes en muchos países de América Latina. “Es una categoría que a veces se opone a la idea de sindicatos. Entonces, ¿quiénes son los legítimos representantes de esta categoría?”, cuestiona Nina Desgranges, antropóloga e investigadora del ITS-Rio, instituto brasileño que estudia la economía digital.
La aversión de estos trabajadores a la organización sindical indigna a Sol Correa, abogada del Sindicato de los Conductores de Aplicaciones del Estado de Pará, en Brasil: “Muchos conductores vienen a hablar conmigo diciendo que no les gustan los sindicatos. Y yo les respondo: a las empresas tampoco les gustan”. Y relata: “He tenido muchos conductores hablando mal del sindicato en mis redes sociales. Y luego, cuando son bloqueados por la plataforma, aparecen en el sindicato pidiendo disculpas”.
Para Alejandro Avilés, abogado laboralista en México, es esencial defender el derecho a la sindicalización de estos trabajadores antes que cualquier otro derecho que pueda ser establecido por una nueva ley.
Precio base, límite de jornada y seguridad social
Parte de las discusiones sobre reformas laborales gira en torno a la necesidad de adaptar algunos derechos tradicionales de los trabajadores a la realidad de las plataformas digitales.
Ante la imposibilidad de establecer un salario mínimo, por ejemplo, se discute la determinación de un precio base para la remuneración de conductores y repartidores, ya sea por hora trabajada o por kilómetro recorrido. En el caso de la hora trabajada, una de las divergencias es si debería contarse el tiempo en que el trabajador permanece conectado en la plataforma esperando recibir una tarea.
El proyecto de ley que está en trámite en el Congreso brasileño prevé una remuneración mínima de 32,10 reales por hora trabajada, equivalente a 5,22 dólares al tipo de cambio actual. El tiempo se cuenta desde el momento en que el conductor recoge al pasajero hasta que llega a su destino.
Otra posibilidad es determinar el porcentaje del valor del viaje que debe quedarse la plataforma y el porcentaje que debe ser transferido al trabajador.
También se discute la importancia de definir un límite de jornada laboral. En el proyecto brasileño, sería de ocho horas diarias para los conductores, pudiendo extenderse hasta 12 horas, siempre que haya intervalos para descansar. “Estamos hablando de seguridad vial. Los conductores no pueden trabajar hasta la extenuación porque esto afecta su seguridad y la del tránsito, ya que pone en riesgo a otras personas”, defiende Desgranges, del ITS-Rio.
Garantizar la seguridad social para los trabajadores de apps es otro punto crucial debatido en prácticamente todos los nuevos proyectos de ley. Si no se resuelve, podría generar un problema serio en el futuro: la población latinoamericana está envejeciendo y dentro de algunas décadas podría haber millones de ex trabajadores de apps ancianos en condiciones de pobreza extrema, sin acceso a una jubilación.
La solución podría ser que los propios trabajadores hagan sus aportes, pero la experiencia muestra que pocos lo hacen, como se observa en el caso de los microemprendedores individuales en Brasil. Por ello, es importante que cualquier nueva ley prevea una contribución obligatoria, preferiblemente retenida en la fuente. Así es como se hace en Chile y en el recién aprobado proyecto de ley mexicano.
Nuevos derechos digitales
Una serie de nuevos derechos que toman en cuenta la naturaleza del trabajo en plataformas digitales están siendo incluidos en los proyectos de ley en trámite en América Latina. A continuación, se enumeran los más comunes:
Transparencia algorítmica
La opacidad de los algoritmos de las plataformas digitales incomoda a los trabajadores. Las reglas no siempre son claras sobre cómo serán remunerados y qué criterios pueden beneficiarlos o perjudicarlos. Los trabajadores quieren mayor claridad en las reglas, mientras que las empresas temen que la transparencia viole su propiedad intelectual o su estrategia comercial.
Derecho a la impugnación y revisión humana
Uno de los mayores temores de los conductores y repartidores es ser bloqueados o excluidos de una plataforma, perdiendo de forma repentina su fuente de ingresos. Este proceso muchas veces ocurre de forma automatizada, sin que el trabajador sea debidamente informado del motivo y sin derecho a defensa. En varios países se discute que las nuevas leyes incluyan el derecho del trabajador a impugnar su exclusión y/o a tener derecho a una revisión humana.
En Brasil, especialistas recuerdan que esto ya está previsto en la Ley General de Protección de Datos (LGPD) para cualquier servicio digital. Michele Volpe, líder del Comité de Delivery del MID, entidad que representa a varias plataformas digitales, señala que tampoco se debe perder de vista la protección del consumidor en estas situaciones: “Al mismo tiempo que tengo que garantizar el derecho del trabajador a impugnar, también tengo que garantizar al usuario la confidencialidad de sus datos para que no sea objeto de represalias. El conductor que realiza el viaje conoce la dirección del usuario. Entonces, si queda claro que fue ese viaje el que ocasionó el bloqueo, podría haber represalias contra ese pasajero”.
Derecho a la desconexión
Algunas plataformas penalizan a los trabajadores que pasan mucho tiempo desconectados. Una de las demandas es que las nuevas leyes garanticen el derecho a un tiempo desconectado sin que haya penalización por parte del algoritmo. En la práctica, es el derecho al descanso, que también puede ser utilizado para resolver problemas familiares, domésticos o de salud.
Seguros
Se considera fundamental que estos trabajadores cuenten con un seguro de vida y contra accidentes. También se debate la necesidad de un seguro para proteger sus herramientas de trabajo, como el automóvil, la moto o la bicicleta. En Chile, la ley aprobada en 2022 exige que las empresas contraten seguros para los vehículos de sus colaboradores. En Brasil, el MID recomienda encarecidamente a sus asociadas que contraten seguros de vida para los trabajadores.
Puntos de apoyo
Una de las principales demandas de conductores y repartidores es contar con puntos de apoyo distribuidos en las ciudades. Son lugares donde pueden descansar, alimentarse y usar el baño durante su jornada laboral. Algunas aplicaciones ofrecen esto de manera voluntaria, pero hay quienes defienden que sea una obligación prevista por ley. En la ciudad brasileña de Juiz de Fora, una ley municipal exige la oferta de puntos de apoyo para la higiene personal de los trabajadores de apps, por ejemplo.
Reconocimiento de los gastos operativos
Una parte significativa de los ingresos de los trabajadores se destina a cubrir gastos operativos, como combustible, mantenimiento del vehículo, teléfono móvil con plan de datos, etc. La Cámara Internacional de Comercio de México (ICC México) aboga por el reconocimiento de estos gastos operativos, de manera que la contribución a la seguridad social se calcule sobre los ingresos netos de los trabajadores.
Los desafíos pendientes y el protagonismo de las empresas
Uno de los mayores desafíos es crear una legislación uniforme que abarque los diferentes tipos de plataformas digitales. En algunos países, el debate se ha concentrado en categorías específicas, como en Colombia, donde se ha enfocado en los repartidores, y en Brasil, en los conductores.
Otro reto es equilibrar los intereses, a menudo contradictorios, de los representantes del Estado, según señala Derly Sánchez, investigadora de la Universidad del Rosario en Bogotá: “El Estado tiene un papel complicado porque debe abordar el tema desde diversas perspectivas. Por un lado, están entidades como la Policía, que se encarga de hacer cumplir las normas de tránsito; por otro, el Ministerio de Transporte, que aboga por regular las plataformas. Al mismo tiempo, hay políticos que apoyan estas empresas por sus beneficios en términos de empleo y dinamización del mercado, especialmente en un contexto económico desafiante. La multiplicidad de actores y perspectivas hace que la regulación sea un proceso complejo”.
Las empresas, por su parte, no han evitado participar en el debate. Al contrario, ven valor en garantizar seguridad jurídica para sus operaciones. En algunos países incluso actúan proactivamente para avanzar en las negociaciones, como en el caso de Rappi en Colombia. Las empresas buscan controlar este proceso para evitar que una reforma laboral perjudique o inviabilizar sus operaciones.
“Este trabajo ofrece oportunidades a muchas personas. En Colombia, tenemos 120 mil repartidores. Por lo tanto, cualquier regulación debe ser muy cuidadosa. Si se introducen rigideces, si tratamos de imponer categorías laborales del siglo XX a la economía digital del siglo XXI, el único resultado será asfixiar esta economía digital y destruir masivamente empleos para personas que, muchas veces, no pueden generar ingresos en otros sectores de la economía de cada país”, advierte López, director de la Alianza In Colombia.
Volpe, del MID en Brasil, coincide: “Entendemos que el trabajo de intermediación es extremadamente diverso tanto en Brasil como en el resto del mundo. Esto debe tenerse en cuenta al crear una legislación compatible, que no sea excesivamente rígida, que permita que el negocio se lleve a cabo y que proporcione a las personas la posibilidad de generar ingresos, ya sea complementarios o únicos, a través de los aplicativos”.
Paula Droguett, gerente legal de Cabify en Chile, resume bien la postura de las empresas:
“No sé si alguna vez todas las partes estarán completamente satisfechas, pero lo más importante en este tipo de regulación es que permita tener seguridad jurídica y operar en un entorno donde las reglas del juego sean iguales para todos”.
El mejor camino para las plataformas digitales, sin duda, es participar en la discusión y lograr que las leyes laborales contemplen la figura del trabajador de plataforma digital, garantizando su autonomía e independencia, pero al mismo tiempo brindándole cierta protección social y de seguros, sin que ello implique un costo excesivamente alto.
Lo más arriesgado para las empresas es que se produzcan decisiones judiciales en última instancia que establezcan un vínculo laboral entre los conductores y repartidores con las plataformas digitales, preservando los derechos laborales tradicionales, como salario mínimo, vacaciones remuneradas, etc. Esto alteraría radicalmente su modelo de negocio, que se basa en el concepto de ser meras “intermediarias”, sin costos laborales.
Los trabajadores son el eslabón más débil en esta disputa. Sin una organización sindical fuerte, su suerte depende de un apoyo espontáneo de actores políticos (presidentes, congresistas, etc.) y de cierta voluntad por parte de las empresas para contribuir a la construcción de nuevas leyes que garanticen condiciones mínimamente dignas de trabajo.
En opinión de algunos abogados laboralistas, lo mejor, en realidad, sería adecuar las plataformas digitales a las leyes actuales, lo cual podría lograrse a través de la justicia. “Nuestra legislación laboral ya sería suficiente, sí, para tratar la relación laboral tal como está hoy. No es necesaria una reforma. La CLT (Consolidación de las Leyes del Trabajo, nombre dado al conjunto de leyes laborales en Brasil) ya prevé el trabajo intermitente”, afirma Correa, abogada del Sindicato de Conductores de Aplicaciones del Estado de Pará y de la Força Sindical, en Brasil.
Los próximos pasos a seguir en América Latina incluyen:
- monitorear los efectos prácticos de la reforma laboral en México;
- la promulgación (o no) de los proyectos de ley en Brasil, Colombia y Uruguay;
- y la decisión final del Supremo Tribunal Federal de Brasil sobre el vínculo laboral de los trabajadores de aplicaciones.
Independientemente del camino que tome cada país, la única certeza es que es necesario debatir sobre estas nuevas relaciones laborales a la luz de la transformación digital de la sociedad y del impacto económico y social de las plataformas digitales. Lo que no se debe hacer es quedarse inmóvil y rechazar esta carrera.
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La situación en cada país
Argentina
Existen dos proyectos de ley en el Congreso argentino. El primero propone promover el modelo de independencia y libertad de los repartidores, permitiéndoles gestionar su tiempo, elegir la zona donde trabajar, recibir el 100% de las propinas y contar con un seguro contra accidentes personales.
El segundo proyecto también busca la independencia de los repartidores, pero establece que la relación entre los prestadores de servicios y las plataformas debe ser de carácter laboral. Además, propone derechos como seguros, suministro de equipos de protección, transparencia algorítmica, soporte humano y portabilidad de datos.
Brasil
El gobierno federal lideró una discusión con representantes de empresas y trabajadores que culminó en el proyecto de ley 12/2024, actualmente estancado en la Comisión de Comercio, Industria y Servicios de la Cámara de Diputados, con relatoría del diputado Augusto Coutinho (Republicanos/PE). Este proyecto aborda exclusivamente a los conductores de aplicaciones, ya que no se logró un acuerdo con los repartidores. El texto prevé descanso obligatorio y remuneración mínima por hora, así como contribuciones a la seguridad social por parte de los trabajadores y las empresas.
Las principales directrices incluyen:
- Jornada laboral de hasta 8 horas diarias, ampliable a 12 horas con descansos obligatorios.
- Descanso obligatorio de al menos 11 horas dentro de un período de 24 horas, durante el cual el conductor debe permanecer desconectado de todas las plataformas.
- Remuneración mínima de R$ 32,10 por hora.
- Contribuciones a la seguridad social: los conductores serán considerados contribuyentes individuales, con aportes también por parte de las plataformas.
El tiempo trabajado se contará desde que el conductor acepta un viaje hasta que deja al pasajero en su destino. Sin embargo, esto no implica que los conductores serán remunerados por hora trabajada. El proyecto no regula cómo deben operar las empresas, permitiendo modelos de pago por kilómetro, tarifas dinámicas o suscripciones, siempre que los ingresos respeten el mínimo por hora establecido.
Paralelamente, el Supremo Tribunal Federal (STF) inició en diciembre un juicio sobre un recurso de Uber contra una decisión judicial que reconoce vínculo laboral entre conductores y la empresa. El juicio debe retomarse en 2025.
Chile
El 1 de septiembre de 2022 entró en vigor la Ley 21.431, que modificó el Código del Trabajo para regular los contratos de trabajadores de plataformas digitales. La norma reconoce que los trabajadores pueden ser independientes o dependientes, estos últimos con derecho a formar sindicatos.
Las plataformas están obligadas a ofrecer seguros de accidentes y de vida para conductores y repartidores, pero no los reconocen como empleados formales, lo que limita el acceso a beneficios laborales tradicionales.
La legislación abarca tanto plataformas de transporte (Uber, Didi, Cabify) como de entrega (Rappi, Pedidos Ya, Uber Eats, Cornershop). Aunque mejora la cobertura social, no otorga todos los derechos de un trabajador formal.
El seguro contra accidentes incluye atención médica en caso de incidentes laborales y, en algunos casos, indemnizaciones. También prevé un seguro de vida, pero no garantiza cobertura médica completa ni pensiones, dejando estas responsabilidades a los trabajadores.
En 2023, el 78,1% de los trabajadores de plataformas se dedicaban al transporte de pasajeros, siendo el 87% hombres y en su mayoría chilenos. Según el Ministerio del Trabajo, cerca de 300,000 personas trabajan en este sector, de las cuales el 57% son extranjeros, principalmente venezolanos (42,5%).
Colombia
La regulación para trabajadores de plataformas digitales está en evolución, impulsada por el gobierno de Gustavo Petro. La reforma laboral incluye el reconocimiento de estos trabajadores como empleados con derechos laborales bajo el principio de «presunción de relación de trabajo».
Además, exige transparencia en el uso de algoritmos, aborda seguridad social y mejora las condiciones laborales, aunque se centra únicamente en plataformas de entrega como Rappi y Uber Eats.
El empleador asumirá el 60% de las contribuciones a la seguridad social, mientras que el trabajador pagará el 40%. En cuanto a los riesgos laborales, las empresas cubrirán el 100% de las contribuciones.
Para plataformas como Uber, aún no hay regulación específica. Los conductores trabajan bajo condiciones informales con ingresos variables.
Costa Rica
Se propuso una reforma al artículo 18 del Código de Trabajo para presumir una relación laboral entre los repartidores y las plataformas digitales. La discusión comenzó tras protestas realizadas en julio de 2024.
México
El Senado aprobó en diciembre de 2024 una reforma de la Ley Federal del Trabajo que reconoce una relación laboral entre plataformas digitales y sus trabajadores. Esto garantiza beneficios como acceso al IMSS, contribuciones al Infonavit y participación en las utilidades, siempre que generen ingresos iguales o superiores al salario mínimo.
Los trabajadores podrán elegir horarios y zonas de trabajo, y recibirán beneficios como aguinaldo, vacaciones pagadas y horas extras.
Uruguay
Un proyecto de ley que abarca conductores y repartidores fue aprobado en 2024 tras dos años de discusión. Actualmente, está a la espera de deliberación en el Senado.