San Luis Potosí, un estado al norte de México, aprobó una reforma a su Código Penal para castigar el uso indebido de IA como deepfakes, mediante la creación de nuevos delitos relacionados con la manipulación de imágenes, voces e identidades digitales, la difusión de desinformación y la generación de contenidos falsos que puedan afectar la paz social o la confianza en instituciones públicas.
La reforma aprobada por el Congreso del Estado en noviembre de 2025 mediante el Decreto 0314 y publicada en el Periódico Oficial del Estado, contempla penas de uno a seis años de prisión y multas económicas dependiendo de la conducta.
La «Ley Serrano», llamada así por su principal impulsor, el diputado local Héctor Serrano, adicionó los artículos al Código Penal de San Luis Potosí, además de crear el Capítulo V denominado «Uso indebido de inteligencia artificial para provocar alarma social».
¿Cómo surge la “Ley Serrano”?
La discusión sobre la regulación de IA en San Luis Potosí comenzó en octubre de 2025, después de la circulación de videos en redes sociales atribuidos a presuntos integrantes del crimen organizado, en los que se realizaron acusaciones contra el gobernador Ricardo Gallardo.
El mandatario negó la autenticidad de los materiales y afirmó que habían sido creados mediante inteligencia artificial, además de plantear la necesidad de establecer una regulación para sancionar el uso indebido de estas herramientas.
Posteriormente, el diputado Héctor Serrano Cortés presentó la iniciativa que dio origen a la reforma aprobada por el Congreso estatal.
¿Qué sanciona la “Ley Serrano”?
La reforma incorpora tres delitos vinculados con el uso indebido de IA. El primero sanciona el uso no autorizado de imagen o voz generada mediante IA para crear, modificar, manipular o difundir contenido que simule a una persona real sin su consentimiento previo, expreso e informado.
Esta conducta contempla penas de uno a tres años de prisión y multas de entre 11.000 y 35.000 pesos mexicanos (aproximadamente US$670 a US$2.010), equivalentes a entre 100 y 300 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La pena podrá incrementarse hasta en 50% cuando el contenido se difunda, comercialice o utilice con fines de lucro o para afectar el honor, la reputación o la vida privada de la persona.
El segundo castiga a quien fabrique, modifique o difunda contenidos falsos o manipulados mediante IA con el propósito de generar alarma pública o alterar la paz social. La pena prevista es de dos a cinco años de prisión, además de multas de entre 23.000 y 47.000 pesos mexicanos (aproximadamente US$1.340 a US$2.680), equivalentes a entre 200 y 400 UMA.
Si el contenido se difunde a través de medios de comunicación, plataformas digitales, redes sociales o cuentas automatizadas o anónimas que simulen información real, la sanción podrá incrementarse hasta en 50%.
El tercer delito sanciona la creación o difusión de contenidos que simulen declaraciones, comunicados o actuaciones de autoridades, instituciones públicas o cuerpos de seguridad con el fin de alterar la confianza pública o poner en riesgo la seguridad del Estado. Las penas van de tres a seis años de prisión, además de multas de entre 35.000 y 70.000 pesos mexicanos (aproximadamente US$2.010 a US$4.020), equivalentes a entre 300 y 600 UMA.
La sanción también podrá incrementarse hasta en 50% cuando los hechos ocurran durante procesos electorales, de seguridad pública o de justicia, o cuando generen alteraciones del orden o daños a bienes públicos.
Por otro lado, la norma establece que los delitos requieren dolo y una finalidad específica, por lo que no sanciona el uso de IA en sí misma, sino su utilización para afectar la vida privada, generar alarma pública o alterar la confianza en instituciones.
Además, la reforma excluye de responsabilidad los contenidos generados con IA con fines periodísticos, académicos, artísticos, de parodia o crítica política, siempre que no exista intención de causar daño.
Organizaciones cuestionan reforma
La «Ley Serrano» ha sido cuestionada por organizaciones defensoras de derechos digitales y libertad de expresión, que advierten riesgos por la amplitud de los nuevos tipos penales.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió la Acción de Inconstitucionalidad mediante la cual pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisar si los artículos de la reforma son compatibles con la Constitución Mexicana.
La organización ARTICLE 19 México y Centroamérica presentó un amicus curiae en el que solicitó a la Suprema Corte invalidar dichos artículos al considerar que los delitos no definen con suficiente claridad conceptos relacionados con inteligencia artificial, contenidos sintéticos o contenidos generados artificialmente.
También cuestionó que términos como «alarma pública», «paz social», «confianza pública en las instituciones» o «seguridad del Estado» no cuentan con criterios objetivos para determinar cuándo una conducta alcanza el nivel necesario para una sanción penal.
Además, señaló que las excepciones para contenidos periodísticos, académicos, artísticos, de parodia o crítica política podrían resultar insuficientes, debido a que están condicionadas a demostrar la ausencia de dolo. Según la organización, esto podría trasladar a las personas investigadas la carga de demostrar que actuaron de manera legítima, en lugar de que corresponda al Estado acreditar la conducta ilícita.
Asimismo, advirtió que las penas previstas podrían resultar desproporcionadas y que la aplicación de sanciones penales sobre expresiones digitales podría generar efectos inhibidores sobre la libertad de expresión.
Por su parte, R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales también señaló que la reforma representa un riesgo para la libertad de expresión, al considerar que los nuevos delitos podrían utilizarse para intimidar o perseguir a periodistas, activistas u otras voces críticas. La organización también planteó que la regulación podría utilizarse como un mecanismo de censura digital si no cuenta con definiciones precisas y salvaguardas suficientes.
Congreso revisará posibles cambios a la «Ley Serrano»
Ante los cuestionamientos sobre la «Ley Serrano», el debate sobre la reforma continúa en San Luis Potosí. El 30 de junio de 2026, el Congreso estatal concluyó su periodo ordinario de sesiones, dejando tres iniciativas pendientes que buscan modificar o derogar la reforma.
Aunque las propuestas ya fueron recibidas por el Poder Legislativo, los diputados acordaron posponer su revisión hasta septiembre de 2026 y anunciaron la realización de foros para discutir posibles modificaciones.


