El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó un nuevo Mandato de Interconexión entre América Móvil Perú (Claro) y Entel Perú, que establece las condiciones para incorporar el protocolo de señalización SIP (Session Initiation Protocol) en la relación de interconexión vigente entre ambas compañías.
La interconexión es el mecanismo que permite conectar las redes de diferentes operadores de telecomunicaciones para que sus usuarios puedan comunicarse entre sí, incluso cuando están contratados con empresas distintas.
En Perú, la interconexión de las redes de los servicios públicos de telecomunicaciones es considerada de interés público y social y tiene carácter obligatorio, de acuerdo con la normativa actual.
En el caso de Claro y Entel, ambas compañías mantienen una relación de interconexión que se remonta a 2003 y que ha sido modificada y ampliada mediante diferentes mandatos regulatorios a lo largo de los años.
En 2017, Osiptel aprobó otro mandato que estableció las condiciones para la implementación de enlaces de interconexión desde la red de Entel hacia la de Claro y viceversa. Un año después, el regulador aprobó un nuevo mandato que incorporó, entre otros aspectos, el origen y terminación de llamadas bajo la modalidad de cargo por capacidad.
Ahora, el regulador incorpora el protocolo SIP, con el objetivo de establecer las condiciones necesarias para su utilización dentro de la relación de interconexión existente entre ambos operadores.
Osiptel interviene ante falta de acuerdo
El nuevo mandato surge luego de que Claro solicitara a Entel, en octubre de 2025, incorporar el protocolo SIP a su relación de interconexión. Sin embargo, las empresas no alcanzaron un acuerdo dentro del plazo establecido por las normas de interconexión.
Ante esta situación, Claro solicitó a Osiptel, en diciembre de 2025, la emisión de un Mandato de Interconexión que estableciera las condiciones para incorporar el protocolo. El regulador elaboró posteriormente un proyecto de mandato, que fue sometido a comentarios de ambas compañías. El proyecto fue aprobado inicialmente mediante una resolución el pasado 11 de junio de 2026.
Entel y Claro presentaron comentarios y solicitaron ampliaciones de plazo durante el procedimiento. Tras evaluar los antecedentes, las observaciones y el informe técnico de la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia, el Consejo Directivo de Osiptel determinó que correspondía emitir el Mandato de Interconexión.
La resolución fue aprobada por el Consejo Directivo de Osiptel en su sesión del 17 de septiembre de 2026 y establece que el Mandato de Interconexión entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.


