El Senado de la República Mexicana aprobó este 29 de junio la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que sustituirá a la legislación vigente desde 2014.
Con 77 votos a favor y 30 en contra, el dictamen pasa a la Cámara de Diputados para su revisión.
La iniciativa, promovida por el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum, fue modificada tras cinco conversatorios legislativos en los que participaron 89 especialistas de sectores públicos, privados y académicos.
Entre los cambios más relevantes se encuentra la eliminación del artículo que permitía el bloqueo de plataformas digitales y la incorporación de un nuevo organismo regulador con estructura colegiada.
De acuerdo con el dictamen, por medio de esta ley se busca modernizar y digitalizar los trámites regulatorios, así como reducir duplicidades y pro mover una mayor coordinación interinstitucional. Esta reforma se enmarca dentro de la estrategia de atracción de inversiones y nearshoring, por lo que se considera clave para facilitar el despliegue de infraestructura de conectividad.
Nace la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
La nueva Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) será un órgano desconcentrado con autonomía técnica, operativa y de gestión. Sustituirá al IFT en funciones clave como la administración del espectro, el otorgamiento de concesiones, la regulación de servicios de internet, radiodifusión y satélite, así como la supervisión del cumplimiento normativo.
Estará integrada por cinco comisionados propuestos por el Ejecutivo y ratificados por el Senado, con cargos por siete años no renovables. El Pleno será el órgano máximo de decisión.
Aunque no cuenta con la autonomía constitucional del IFT, su diseño busca evitar la concentración de poder unipersonal que se criticó en la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), propuesta en la versión inicial de la reforma.
El dictamen final reintroduce contrapesos institucionales y dota a la CRT de herramientas regulatorias como sanciones, definición de tarifas de interconexión, emisión de normas técnicas y convocatorias para licitaciones de espectro. También tendrá atribuciones en materia de accesibilidad, inclusión digital y derechos de las audiencias.
Además de las funciones de la CRT y la definición de políticas públicas por parte de la ATDT, el nuevo marco establece la creación de la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA), organismo público descentralizado sectorizado a la Secretaría de Economía, que reemplaza a la extinta Cofece.
La CNA tendrá facultades para investigar, sancionar y prevenir prácticas anticompetitivas, y regulará la concentración de frecuencias y la propiedad cruzada de medios en telecomunicaciones y radiodifusión.
También podrá ordenar desincorporaciones de activos para garantizar condiciones de competencia, función que anteriormente correspondía al IFT. Estará integrada por cinco comisionados, y su presidencia será designada por el Ejecutivo.
Se eliminan propuestas de censura, pero advierten vigilancia directa
Uno de los artículos más cuestionados del proyecto original, el 109, que permitía el bloqueo temporal de plataformas digitales, fue eliminado de la ley de telecomunicaciones.
También se modificaron disposiciones que otorgaban atribuciones amplias a la ATDT en materia de contenidos y supervisión de medios. Sin embargo, se mantiene la facultad de la nueva comisión para ordenar la suspensión precautoria de transmisiones publicitarias de otros países cuando se incumplan normas, previa advertencia.
Otro de los artículos que ha causado preocupación es el artículo183 que obliga a concesionarios y operadores a colaborar en la geolocalización en tiempo real de dispositivos móviles, en los mismos términos que la ley vigente desde 2014. Aunque no introduce mecanismos nuevos de vigilancia, mantiene la obligación de obedecer órdenes judiciales conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales.
En ese sentido, el coordinador del PAN, Ricardo Anaya, cuestionó este punto, calificándolo como un posible “Estado espía”. Sin embargo, legisladores como Jorge Carlos Ramírez Marín y legisladores del PVEM (Partido Verde Ecologista de México) afirmaron que no se trata de novedades, sino simplemente de mantener disposiciones anteriores para colaborar con las autoridades judiciales.
Por su parte José Merino, titular de la Agencia Digital de Innovación Pública, señaló a través de su cuenta de X, que como esta disposición se mantiene igual a la vigente desde 2014, aún se requiere autorización judicial para su uso, aspecto que está estipulado en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Por otro lado, la Red de Defensa de los Derechos Digitales (R3D), denunció que «la ley de telecomunicaciones obligará a las empresas de telefonía a asociar las líneas que estén asociadas a una CURP o, de lo contrario, cancelar el servicio. Esto registros podrán ser accedidos por las autoridades gracias a las leyes de seguridad e inteligencia», a través de su cuenta de X.
Participación estatal y neutralidad competitiva
La ley reconoce al Estado como prestador de servicios de conectividad en igualdad de condiciones con el sector privado. La Comisión Federal de Electricidad (CFE) podrá operar redes en zonas remotas mediante concesiones o provisión directa, y acceder a espectro condicionado al cumplimiento de metas periódicas de cobertura. No se especifica si estas tareas incluirán colaboración con Altán Redes.
También se establece que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) podrá permitir el uso de bienes de propiedad federal —como torres, derechos de vía o infraestructura— para desplegar redes de telecomunicaciones. Esto deberá realizarse conforme a criterios técnicos, sociales y económicos definidos por el Ejecutivo.
Las concesiones de uso social, comunitario, indígena y afromexicano serán de bajo costo y podrán comercializar hasta 3% de su tiempo con publicidad local. Podrán además recibir una proporción del presupuesto de comunicación social. Deberán presentar un informe anual de actividades y estructura accionaria.
Como incentivo adicional para cerrar la brecha digital, la ley contempla descuentos o exenciones en los pagos por uso de espectro para pequeños operadores y concesionarios sociales, en particular aquellos que operen en zonas rurales o de difícil acceso. Esta medida fue ampliamente respaldada en los conversatorios legislativos previos a la aprobación del dictamen.
En cuanto a los medios de uso social sin fines de lucro, se prevé una ampliación del financiamiento público que podrán recibir. Además de acceder a publicidad oficial, podrán contar con mecanismos presupuestales específicos que garanticen su sostenibilidad operativa.
La nueva ley de telecomunicaciones también obliga a operadores a entregar equipos desbloqueados y a permitir recargas con cualquier proveedor. Los servicios de emergencia deberán ser gratuitos, y las tarjetas SIM solo podrán activarse presentando identificación oficial.
Se establecen medidas de accesibilidad digital, incluyendo la obligación de que portales y apps públicas sean inclusivas para personas con discapacidad, y se reconoce el derecho de mujeres y niñas a conectarse en condiciones de igualdad.
En zonas urbanas se incorpora un «sandbox regulatorio» que permitirá pruebas piloto de nuevos modelos tecnológicos bajo regulación flexible. También se plantea un proceso gradual de soterramiento de cables y ordenamiento de infraestructura o comercial o provisión directa de servicios con fines sociales.
Organizaciones como Observatel, presidida por Irene Levy, advierten que, aunque la ley menciona la neutralidad competitiva, la falta de separación jurídica, presupuestal y funcional entre el Estado regulador y operador puede generar conflictos de interés.
También destacan avances como la eliminación del registro nacional de usuarios de telefonía móvil, y su sustitución por un mecanismo de identificación solo ante operadores al momento de adquirir un chip.
Cobertura, inclusión y medios comunitarios
El nuevo marco normativo introduce incentivos para la expansión de redes de banda ancha en zonas marginadas, incluyendo descuentos en pagos por uso de espectro y apoyos para pequeños operadores, concesionarios comunitarios, indígenas y afromexicanos.
Se restablecen derechos de audiencias eliminados en 2017, y se reconoce el papel de los medios sociales sin fines de lucro, que podrán recibir financiamiento público y comercializar hasta el 3% de su tiempo de transmisión con anunciantes locales.
También se fortalecen las obligaciones de accesibilidad para personas con discapacidad y se amplía el alcance de los contenidos de interés público.
¿Qué falta para que la Ley de Telecomunicaciones de México sea oficial?
Lo que sigue para la nueva ley de telecomunicaciones es que la Cámara de Diputados discuta el proyecto en los próximos días. Si se aprueba sin cambios, entrará en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación. A partir de entonces, se iniciará el proceso de conformación del Pleno de la CRT y la emisión de regulación secundaria.
Además, aunque no se ha fijado una fecha exacta en el texto del dictamen, la extinción del IFT se formalizará una vez que la nueva ley sea aprobada por la Cámara de Diputados y publicada en el Diario Oficial de la Federación. Será entonces cuando comenzará la transición hacia la CRT y la redistribución de funciones entre las nuevas autoridades del sector.
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