La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) emitió un nuevo concepto técnico complementario en el trámite de integración empresarial entre Tigo-UNE (Colombia Móvil) y Movistar (Telefónica Colombia), actualmente en evaluación por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
El pronunciamiento, que amplía el concepto inicial presentado el pasado 14 de mayo, analiza los condicionamientos propuestos por terceros (operadores, competidores y entidades del sector), así como el documento económico entregado por las compañías interesadas en la operación. Según la CRC, el objetivo es ofrecer a la SIC elementos técnicos que fortalezcan la decisión final en materia de competencia.
Riesgos y mercados sensibles
Entre las principales conclusiones del concepto, la CRC advirtió sobre la necesidad de prestar especial atención a tres mercados considerados sensibles: acceso y originación móvil, servicios móviles e internet fijo residencial.
Asimismo, el regulador alertó sobre eventuales riesgos de coordinación entre el ente integrado y Comcel (Claro Colombia), que podrían afectar precios y, en consecuencia, el bienestar de los consumidores.
Debate sobre la provisión de RAN
Dentro de las observaciones allegadas al proceso, Comcel manifestó su preocupación frente a las medidas regulatorias vigentes en materia de provisión de RAN (Red de Acceso Radioeléctrico). Según el operador, la permanencia de condiciones asimétricas genera ventajas competitivas injustificadas para Tigo-UNE y Movistar.
Comcel argumentó que, a pesar de tener capacidad para competir en igualdad de condiciones, se ve obligado a asumir tarifas diferenciales y a conceder acceso a su infraestructura a todos los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones (PRST), lo que incrementa sus costos operativos y limita su competitividad.
En ese sentido, el operador solicitó que, como condición previa temporal a la integración, se exija a Tigo-UNE y Movistar garantizar el acceso a su infraestructura pasiva a tarifas reguladas y publicar en sus sitios web la información relacionada con torres, mástiles, monopolos y otros activos.
De acuerdo con Comcel, este condicionamiento debería tener carácter temporal y mantenerse vigente únicamente hasta que la CRC elimine la obligación que actualmente le aplica en solitario.
Ante este aspecto, la Comisión señaló que, aunque la integración modificaría la dinámica de competencia, resulta temprano afirmar que desaparecerían las condiciones que sustentan la posición de dominio de Comcel. La autorización de la SIC no implica, de inmediato, la consolidación operativa ni tecnológica del nuevo ente.
Además, la CRC enfatizó que la materialización de los efectos de una integración empresarial no es inmediata y que la capacidad del ente integrado para ejercer presión competitiva sobre Comcel no se adquiriría de forma automática tras una eventual autorización.
Equilibrio competitivo y mirada a largo plazo
La CRC subrayó que cualquier medida que adopte la SIC debe evitar desequilibrios competitivos y garantizar la pluralidad de agentes en el mercado. Además, recordó que las decisiones en materia de competencia no solo tienen efectos inmediatos sobre los precios, sino también implicaciones de mediano y largo plazo en inversión, innovación y calidad del servicio.
“El análisis busca anticipar riesgos, señalar oportunidades y aportar evidencia que permita decisiones sólidas y beneficiosas para los usuarios”, indicó Claudia Ximena Bustamante, comisionada y directora ejecutiva de la CRC.
Finalmente, la CRC reafirmó su rol como autoridad técnica independiente y su compromiso de acompañar a la SIC con criterios de transparencia y neutralidad, sin que su concepto represente una aprobación o un rechazo a la integración.