La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) confirmó la multa impuesta a Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. BIC (COLTEL) que opera con la marca comercial de Movistar, por incumplir su obligación de suministrar información requerida por la CRC.
Tras analizar el recurso de reposición presentado por el operador contra la Resolución CRC 8166 de 2026, decidió ratificar integralmente la sanción, equivalente a 1.920,45 salarios mínimos mensuales legales vigentes para 2025, es decir, cerca de 2.733 millones de pesos.
Según explicó la CRC, la facultad para solicitar información a los operadores está contemplada en la Ley 1341 de 2009, modificada por la Ley 1978 de 2019, que exige a los proveedores de redes y servicios de comunicaciones entregar información amplia, exacta, veraz y oportuna para el ejercicio de las funciones regulatorias.
La Comisión señaló que el suministro de información no constituye una simple formalidad administrativa, sino una obligación esencial para garantizar una supervisión efectiva de los mercados, evaluar las condiciones de competencia y proteger los derechos de los usuarios.
Argumentos de COLTEL
Tras revisar los argumentos expuestos por COLTEL, el regulador concluyó que la conducta de la compañía fue «materialmente antijurídica» y que existía pleno conocimiento de la obligación legal de entregar la información solicitada.
Felipe Díaz Suaza, Comisionado y Director Ejecutivo de la CRC, agregó que el incumplimiento de este deber limita la capacidad del regulador para identificar riesgos, corregir fallas de mercado y adoptar decisiones públicas fundamentadas.


