El uso de inhibidores de señal en Chile ahora estarán prohibidos después de que una amplia mayoría en la Cámara de Diputadas y Diputados aprobaran las enmiendas propuestas por el Senado en el proyecto de ley que prohíbe el uso de estos dispositivos también conocidos como «jammers». La nueva normativa, que ahora pasa al Ejecutivo para su promulgación, busca restringir la fabricación, comercialización, importación, exportación, uso y tenencia de estos equipos, salvo en casos específicos autorizados por la ley.

Con esta normativa, se busca reducir el uso de tecnología capaz de interferir o bloquear señales de telecomunicaciones como teléfono móvil, WiFi, GPS e incluso botones de pánico, ya que su uso se ha asociado a delitos como el robo de carga.

Excepciones y usos autorizados de los inhibidores de señal en Chile 

La nueva ley establece que solo podrán utilizar inhibidores de señal en Chile instituciones como las policías, las Fuerzas Armadas, Gendarmería de Chile, y agencias gubernamentales como la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) y la Agencia Nacional de Ciberseguridad. También se incluyó a empresas estatales relacionadas con la industria de la defensa, el Servicio Nacional de Reinserción Social, el Servicio Nacional de Menores y concesionarios de recintos penitenciarios. El Ministerio encargado de la seguridad también podrá autorizar el uso de estos equipos en situaciones específicas.

En ese sentido, la ley incluye un período de 120 días, contados desde su publicación, para que cualquier persona que posea inhibidores de señal en Chile los entregue voluntariamente a las fuerzas de seguridad, sin enfrentar sanciones legales, siempre y cuando no esté involucrada en una investigación penal en curso.

Sanciones por uso no autorizado de inhibidores de señal

El uso no autorizado de inhibidores de señal en Chile será sancionado con penas de prisión en grado medio (541 días a 3 años de cárcel) y multas de 50 a 100 Unidades Tributarias de Medida (UTM) que a noviembre de 2024 es de 66.628 pesos chilenos (68,19 dólares). Es decir, la multa va de 3.668 a 6.811 dólares, como el decomiso de los dispositivos.

En casos más graves, como la interrupción de señales de naves, aeronaves o sistemas esenciales para la seguridad pública, la pena será de 5 a 10 años de prisión mayor en su grado mínimo. Esta irá acompañada de multas que van desde 100 hasta 5.000 UTM, es decir entre 6.811 y 340.934 dólares.

Por otro lado, la importación y exportación no autorizada de estos dispositivos será considerada contrabando y se sancionará conforme a la ordenanza de aduanas, con penas proporcionales al valor de los equipos involucrados.

 

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